Fundación SEPI -logo-
Medio siglo al servicio de la formación y la investigación
Gobierno de España - Ministerio de Hacienda Agenda 2030
 sábado, 07 de septiembre de 2024 
banner de sección

Estás en: Inicio

CAPÍTULO III. ACEPTACIÓN, CUMPLIMIENTO Y VERIFICACIÓN


  • Artículo 14.- Aceptación y cumplimiento

    El presente Código de Buen Gobierno será aplicable a todos los órganos y empleados de la Fundación, cuyas actuaciones se ajustarán a su contenido. La Fundación difundirá el presente Código mediante su publicación para que todo el personal tenga conocimiento del mismo.

  • Artículo 15.- Seguimiento

    Será competencia del Patronato de la Fundación y del equipo directivo de la misma, velar por el cumplimiento del mismo. Para ello podrán realizarse las recomendaciones y propuestas que fueran necesarias con el fin de mantenerlo actualizado y mejorar su contenido. Cualquier vulneración o incumplimiento deberá ser inmediatamente puesta en conocimiento de la Dirección de la Fundación, que valorará el cauce que haya de darse a la información recibida. En todo momento se garantizará la confidencialidad y el anonimato de quien la facilite.

  • Artículo 16.- Modificación

    Cualquier modificación del Código de Buen Gobierno requerirá de la aprobación del Patronato de la Fundación.

  • Artículo 17.- Vigencia

    El presente Código de Buen Gobierno ha sido aprobado por el Patronato de la Fundación con fecha 21 de marzo de 2018, entrando en vigor al día siguiente y manteniéndose vigente en tanto no se apruebe su modificación.


 
 
 
 
X Fundación SEPI Facebook Fundación SEPI Instagram Fundación SEPI Linkedin Fundación SEPI
 © 2024 Fundación SEPI - Todos los derechos reservados
Certificación básica ENS  Fundación Sepi